Las claves de la nueva LOTT 2013

      Ya está en vigor la nueva Ley de Ordenación de Transportes Terrestres (LOTT). Desde el día 25 de julio de 2013 se introducen modificaciones importantes que guiarán al sector del transporte por carretera. El Reglamento deberá estar aprobado en el plazo máximo de dos años, ROTT.

  • Acción directa

La acción directa implica la posibilidad de que el transportista final, el que realiza el transporte efectivo, pueda reclamar el pago del servicio al cargador principal en caso de impago de los intermediarios, aunque éste ya haya efectuado el pago correspondiente a la empresa o agencia que contrató.

«En los supuestos de intermediación en la contratación de transportes terrestres, el transportista que efectivamente haya realizado el transporte tendrá acción directa por la parte impagada contra el cargador principal y todos lo que, en su caso, le hayan precedido en la cadena de subcontratación, en caso de impago del precio del transporte por quien lo hubiese contratado.»

  • Menos de 3,5 toneladas, ni capacitación ni honorabilidad.

La nueva Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres permitirá que losvehículos de menos de 3,5 toneladas de MMA no necesiten capacitación ni honorabilidad, aunque en el reglamento se mantendrán unos requisitos, notoriamente menores para poder obtener una autorización de transporte. El requisito mas incómodo es el de disponer de un vehiculo de propiedad de antigüedad menor a 5 meses.

  • Cooperativistas salen de módulos

A partir de la norma, todo aquel autónomo transportista cuya autorización figure a nombre de cooperativa, deberá abandonar el régimen tributario de «módulos» para justificar sus ingresos como retorno cooperativo, ya que quienes no tengan autorización de transporte a su nombre no podrán facturar.

  • La figura del gestor de transporte

Toda empresa deberá acreditar que cuenta con una persona física que ejerza las funciones de gestor de transporte de forma efectiva y permanente. Dicha persona debe tener un vínculo real con la empresa, disponer del título de capacitación profesional y cumplir el requisito de honorabilidad.

  • Sanciones al ‘capacitante’

Dos sanciones muy graves en el mismo año pueden suponer la pérdida de la honorabilidad a la persona aportadora de la capacitación hasta 12 meses, forzando a la empresa de transporte a buscar otro capacitado. Este ajuste, sin duda, servirá para aumentar la atención de estos capacitantes sobre el funcionamiento y estado de la empresa.

  • Firma digital y establecimiento

Tras visado de 2014, todos los transportistas, personas físicas o jurídicas, necesitarán correo electrónico, firma digital y equipo informático. Asimismo, será necesario un establecimiento (domicilio fiscal) donde se conserven para una posible inspección los datos relativos a los tiempos de conducción y descanso de los conductores, los documentos contables o de gestión de personal.

  • Reducción de las sanciones

La reducción generalizada de las cuantías de las infracciones en materia de transporte en más de un 30% de media así como que el pago anticipado de una sanción de transporte se reducirá adicionalmente en un 30% y se incrementará su plazo de pago de 15 a 30 días.

  • Incremento de competencia de las Juntas Arbitrales 

La nueva LOTT recoge un incremento de la competencia de las Juntas Arbitrales en reclamaciones desde los 6.000 hasta los 15.000 euros.

  • Publicidad plena

La norma dice que todo ciudadano podrá conocer los títulos habilitantes en vigor que posea cualquier otra persona física o jurídica en el momento de hacer su consulta, así como la tarifa y aquella otra parte del contenido de los contratos de gestión de servicios públicos de transporte regular de viajeros de uso general que reglamentariamente se determine.

LOTT2013.pdf

info@transportesostenible.com

Gracias al apoyo en la fuente de Óscar Medina – La Central del Transportista