La Ley fijada no entró en asuntos tan poco livianos para un transportista autónomo como son la facturación a una sola empresa, la garantía en muchos casos de un volumen de kilómetros mensuales, el cual no debe buscar cargas de manera continuada, sino que pacta un precio por km, por tonelada, o incluso por viaje, para obtener órdenes de carga de manera estable desde un único cargador, a quien factura y cobra cumpliendo las leyes que sí son de obligado cumplimiento y que se libran de la tan conocida muletilla en nuestro sector como es, y sigue siendo, “el pacto en contra“.
Esta muletilla ha conseguido eliminarse cuando se habla del incremento del precio en función del incremento del precio del carburante, la denominada Cláusula Diésel, pero sigue pudiendo estar presente en otra Ley, la 15/2010 anti-morosidad, permitiendo al porteador pactar una forma de pago más allá de los 30 días de factura mediante el adelanto con costes financieros añadidos que acaban mermando el precio del servicio, o en las horas de paralización mínimas, que muchas veces se firman con un mínimo de 24 sin cobrar en el momento de recibir la orden de carga para firmar, nocturnidad o festivos que pasan como laborables son habituales en el porteador final.