16/12/10 Publicadas las ayudas al abandono del transporte de mercancías y viajeros

El Ministerio de Fomento ha publicado la convocatoria de ayudas atransportistas autónomos de mercancías y viajeros por carretera que abandonen la actividad. El plazo termina el próximo 11 de enero de 2011. Para ello, este departamento va a destinar casi 42 millones de euros.


Qué se exige

Los requisitos para acceder a esas ayudas son:

  • Ser transportista con edad igual o superior a 58 años o haberle sido declarada una incapacidad permanente absoluta para el desempeño de la profesión habitual de transportista.
  • Ser titular, en el momento de la solicitud, de una autorización vigente de transporte público de mercancías o viajeros en autobús con un máximo de tres copias, o bien, de forma simultánea, de ambas autorizaciones con un máximo de tres copias. En ningún caso se autorizará una autorización que no tuviese, al menos, una copia en vigor.
  • Haber sido titular, de forma ininterrumpida durante los últimos diez años, de una de las autorizaciones contempladas en el apartado anterior, con un máximo de tres copias, o bien de ambas con un máximo total de tres copias. Esa autorización no podrá haber estado suspedida en ningún momento. No obstante, se permitirá una única interrupción en la titularidad o vigencia de la autorización por un plazo de tres meses o menos. Además, la autorización que dé lugar al otorgamiento de la ayuda deberá estar en vigor hasta el momento de la renuncia para el cobro de la subvención.
  • Estar dado de alta y al corriente en el pago de las cuotas en el régimen de trabajadores autónomos de la Seguridad Social de forma ininterrumpida los últimos diez años, permitiéndose una sola interrupción que no supere los tres meses.
  • No haber desaprovechado otras ayudas por el abandono de la actividad que le hubieran sido otorgadas por el Ministerio de Fomento en años anteriores.

Cuantía de las ayudas

Las subvención varía en función de la edad del que las solicita. Si es titular de una autorización de transporte público de mercancías habilitante para realizar transporte con cualquier tipo de vehículo, la ayuda es de 30.000 euros. Además, por cada semestre completo que le falte para cumplir 65 años, se añade 5.300 euros. El cómputo de los semestres completos se hará a partir del1 de julio del ejercicio para el que el solicitante pida las ayudas.

Una vez concedida la ayuda, el solicitante está obligado a renunciar a la autorización que posee, acreditando su baja por renuncia al ejercicio de la actividad. Además, deberá comprometerse a abandonar, con carácter definitivo, el ejercicio de la actividad de transporte en calidad de empresario, así como a no aportar su capacitación profesional a otra empresa de transporte.

También deberá renunciar ante la Jefatura de Tráfico al permiso de conducción válido para vehículos de más de 3.500 kilos.

Las bases reguladoras de estas ayudas están recogidas en la Orden FOM/3218/2009, de 17 de noviembre (BOE de 30 de noviembre de 2009).

Raquel Arias – Transporte Profesional