El Consejo de Ministros aprobó este pasado 15 de febrero la modificación del R.O.T.T., entrará en vigor al día siguiente de su publicación en próximas fechas, y supondrá cambios sustanciales en el acceso a la profesión, así como en la pérdida del requisito de la honorabilidad.
- Requisito mínimo de un vehículo en propiedad o de alquiler, de 5 meses de antigüedad máxima para la concesión de autorización para el transporte de mercancías por carretera (MDP).
- La comisión de una única infracción muy grave o de 3 infracciones graves implicará la suspensión de la validez de las autorizaciones durante el plazo de un año, endureciendo de esta manera la regulación en cuanto a pérdida de honorabilidad.
- La vinculación entre el gestor de transporte (antiguo capacitante) y la empresa titular de la actividad empresarial será real y efectiva, exigiendo la jornada completa en su vinculación laboral, así como el desarrollo de actividades de supervisión en todas las áreas de la empresa.
- Además, para obtener la titulación de competencia profesional para el transporte, se exigirá poseer un nivel académico previo (bachiller o equivalente, o bien el FP de grado medio).