Esta rebaja se aplicará a los permisos C y C+E, siempre y cuando se esté en posesión del CAP, sino sigue siendo a los 21 años
La DGT se ha decidido por fin a modificar el Reglamento General de Conductores, trasponiendo la Directiva 2006/16 de la Unión Europea, que incorporará novedades que afectan a los carnets profesionales.
De hecho, lo que pretende esta modificación es rebajar la edad mínima exigida para acceder a varios permisos a partir del C, es decir, los permisos que habilitan para conducir vehículos pesados de carácter profesional, abriendo la puerta a los más jóvenes a un mercado laboral con una gran carencia de conductores.
Actualmente, el Reglamento estipula que la edad mínima exigida es 21 años para conducir vehículos de la clase C y C+E, una vez que se actualice la norma, para ponerse a los mandos de este tipo de vehículos bastará con tener 18 años, siempre y cuando se esté en posesión del Certificado de Aptitud Profesional (CAP) obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial ordinaria. En caso de que no se cuente con el CAP, el mínimo seguirá siendo 21 años.
Y de la misma forma se actualizará la edad mínima requerida a 18 años para optar a los permisos D1 y D1+E, aunque en este caso solo podrán conducir estos vehículos dentro del territorio nacional. Para hacerlo fuera de España, se deberá tener al menos 21 años. Finalmente, se ha menguado la edad legal exigible para los permisos D y D+E, aunque también con matices.
Por otro lado, los cambios en el Reglamento de Conductores también afectarán a los permisos de la clase B, ya que autorizarán a conducir vehículos de entre 3.500 kilos –el límite actual– y 4.250 kg si se trata de vehículos de mercancías, siempre y cuando el incremento de peso se deba a la conversión del mismo a energías alternativas.
Fuente: autonomosenruta.com