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El Ministerio de Fomento ha aclarado tanto a representantes de las Comunidades Autónomas como a los transportistas los diferentes aspectos regulatorios del nuevo ROTT, que entró en vigor el pasado 21 de febrero. Así entre los criterios de aplicación establecidos por Fomento cabe destacar, según ha detallado Fenadismer, que en caso de aumento de flota, no se permitirá la incorporación en bloque de vehículos, sino que cada vehículo que se pretenda incorporar deberá ser más joven que la antigüedad media de la flota que se poseía antes de la incorporación.

Por otra parte, en el caso de sociedades el nuevo ROTT no prevé periodo transitorio alguno, por lo que desde su entrada en vigor el gestor debe ya estar contratado a jornada completa y en la categoría de al menos jefe de taller o jefe administrativo. Asimismo, en el caso de que pese a que el gestor ostente más del 15% del capital social con arreglo a la normativa laboral vigente deba estar dado de alta en el Régimen General, en tal caso también tendrá que estar contratado a jornada completa y en la categoría antes indicada. En cambio, en el caso de transportistas autónomos que tuvieran contratado a un gestor antes de la entrada en vigor del ROTT podrán seguir contratándolo en la misma jornada laboral que tuvieran con anterioridad.

Mientras, se mantiene el criterio anterior al nuevo ROTT por el cual un gestor de transporte (capacitado) solo puede capacitar como máximo a una empresa. Como excepción, en el caso de grupos de empresas (sociedades) cuyo capital pertenezca en más de un 50% a un mismo titular, un mismo gestor podrá capacitar a todas ellas, bastando simplemente que figure vinculado laboralmente a una de ellas.

Autorizaciones suspendidas

En cuanto a las autorizaciones suspendidas antes del nuevo ROTT, la empresa transportista que a la entrada en vigor del nuevo ROTT tuviera tanto autorizaciones en vigor como autorizaciones suspendidas, perderá automáticamente éstas últimas. Sin embargo, la empresa transportista (autónomo o sociedad) que a la entrada en vigor del nuevo ROTT solo tuviera autorizaciones suspendidas y ninguna en vigor, no las perderá sino que podrá rehabilitarlas en el plazo que le fue concedido en su día.

Por último, por lo que respecta a la pérdida del requisito de honorabilidad, sólo se aplicará la regulación prevista en el nuevo ROTT para infracciones que se comentan a partir de su entrada en vigor (21 de febrero). La pérdida de la honorabilidad conllevará la suspensión de las autorizaciones de transporte durante un periodo de un año, por lo que si coincide dicho periodo con el plazo de visado no podrá visar las autorizaciones ni posteriormente rehabilitarlas.

Fuente: toptruck.es

Seguro de mercancías para el transporte por carretera con las coberturas de mayor protección.

En el sector del transporte existen normalmente plazos de entrega muy estrictos, que suponen en su mayoría una pérdida de dinero tras una entrega tarde o defectuosa.

 

 

La manipulación de las mercancías, su almacenamiento y su tránsito suponen casi la mitad de las pérdidas en el transporte. Hay que prestar especial atención a ciertos productos que requieren condiciones especiales de transporte.

  • Daños producidos a la mercancía durante la carga y descarga
  • Vuelco de las mercancías durante el transporte
    • Por movimientos bruscos
    • Por estiba inadecuada
  • Exceder el límite de apilado de cajas o contenedores
  • Aplastamiento de mercancía por sobrecarga de producto
  • Error en la programación del control de temperatura de mercancías refrigeradas o congeladas

 

Todas estos problemas pueden evitarse utilizando las medidas de control y seguridad adecuadas, mediante precintos u otros sistemas; aunque realmente siempre existen incidencias, sobretodo cuando hablamos de camiones refrigerados o "unidades de frío".

Los alimentos perecederos pertenecen al grupo de alimentos conservados (productos congelados y ultracongelados, lácteos, etc.), que después de haber sido sometidos a tratamientos apropiados, se mantienen en las debidas condiciones higiénico-sanitarias para el consumo durante un tiempo variable.

Este tipo de alimentos, por sus características, exigen condiciones especiales de conservación en sus períodos de transporte, y precisan ser transportados en vehículos a temperatura dirigida. En la cadena de frío de los alimentos, el transporte, la carga y la descarga, constituyen un eslabón importante, en el que el transportista, que debe conocer el producto que transporta y la manera de transportarlo adecuadamente, y el vehículo, juegan un papel esencial.

Mantener productos con unas condiciones térmicas específicas es una de las demandas más habituales en el transporte terrestre.

Igual de crucial es contratar una póliza apropiada capaz de resolver las incidencias que, por diferentes circunstancias, se escapan de nuestro control o que, por un motivo u otro, no terminan saliendo como esperábamos. La congelación de parte de la mercancía por una estiba inapropiada, la pérdida de mercancía por exceso de calor debido a un fallo en el equipo de frío o, incluso, a una mala manipulación del conductor. Todos estos inconvenientes quedan a salvo por nuestro seguro de mercancías, a excepción de este último caso, ya que por error humano deberemos contratar por un poco más una póliza de responsabilidad profesional, muy recomendable cuando debemos contratar conductores asalariados. Cualquiera de estas pólizas podemos contratarlas de manera rápida y eficaz si se cuenta con residencia fiscal en España.

 

Si es tu caso y necesitas más información sin compromiso tan sólo tienes que indicarnos tus datos más abajo, para que un asesor especializado se ponga en contacto contigo a la mayor prontitud. Te dejamos aquí unos ejemplos de pólizas que dependerán de cada trabajo a desempeñar, y variarán en función de las coberturas que quieras asegurar.

CONDICIONES GENERALES  

Básico (100 mil€ capital asegurado): 295 €/año 

Básico + Robo+ Mala Estiba (150 mil€ capital asegurado)  425 €/año 

TODO RIESGO 

Huelgas + Avería y/o Paralización Ap. Frigorífico + Remoción de Restos   780 €/año 

[Cobertura según las ICC (A)]

Precios por vehículo, impuestos indirectos incluidos.

 

Alquiler de Tractora con Trabajo

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Man TGX 18480 o Mercedes Actros 1844LS

Nuevo o seminuevo ( de entre 6 y 30 meses aprox.)

EURO 5:   1.150 € + IVA / mes
EURO 6:   1.250 € + IVA / mes

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Seguro a todo riesgo

265 € + IVA / mes, con una franquicia de 1.800 euros.

Condiciones sujetas a acuerdo detallado y formalizado entre las partes

Mantenimiento

0.035 €/km + IVA /mes, sobre los Kilómetros realizados.
En el mantenimiento entran los neumáticos, aceites, valvulinas y otros.

Contrato

Si es nuevo, 2 años prorrogable a otros dos automáticamente si las partes están de acuerdo.
Si el vehículo es usado, el contrato será de entre uno y 3 años más o menos, dependiendo de la antigüedad.

Fianza

3.000 €, con devolución a la terminación del contrato. Si hubiese algunos daños en el vehículo, serán descontados de dicha fianza.

Trabajo a realizar

Posibilidades de trabajo desde casi todas las zonas de España, a través de la red de agencias cargadoras dispuestas para residentes en Madrid-zona Centro, Guadalajara, Zaragoza, Lleida, Barcelona, Gerona, Palencia, Burgos, Valladolid, País Vaso, Navarra, Soria y La RiojaEn función del trabajo que acuerdes, tendrás unas u otras condiciones económicas. Recuerda que siempre serán servicios de internacional.

Ver Bolsa de Contrataciones

 

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EL NUEVO PEAJE EN BÉLGICA ENTRA EN VIGOR EL 1 DE ABRIL DE 2016 El nuevo sistema reemplazará la actual Euroviñeta y se aplicará a vehículos ligeros y pesados, y sólo a vehículos de transporte de mercancías; los destinados al transporte de pasajeros están exentos.


EL NUEVO PEAJE EN BÉLGICA ENTRA EN VIGOR EL 1 DE ABRIL DE 2016

 

El pago se tarificará por kilómetros y se empleará tecnología de geolacalización GPS, por lo que los vehículos deberán estar equipados con un nuevo dispositivo OBU de prepago y post-pago.OBU BELGICA

Se impondrán multas a los vehículos que circulen sin disponer de un aparato para el pago.

 

El nuevo sistema reemplazará la actual Euroviñeta y se aplicará a vehículos ligeros y pesados, y sólo a vehículos de transporte de mercancías; los destinados al transporte de pasajeros están exentos.

 

Abierto el plazo para el registro de vehículos:

 

  • Sin alquileres
  • Fianza de 135€ retornables a la devolución sin desperfectos del dispositivo.
  • Es obligatorio para circular por Bélgica para los vehículos de mas de 3.5 tn.

Solicítala aquí  -- Os aclararemos cualquier duda sin compromiso -- Además, sólo por estar registrado en transportesostenible.com tienes un % descuento en el producto o servicio que solicites, ¡no olvides mencionarlo!

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         Tal cual lo lees en el título: a continuación, te damos detalle de todo lo que necesitas para comenzar o regresar a la profesión en España, o para pensar tal vez, en renovar ese EURO III que no ayuda mucho a la explotación en carretera; lo único fundamental, e inmaterial, es una experiencia mínima de 2 años conduciendo un tráiler en ámbito nacional o internacional.

¡Bienvenidos todos aquellos 'Amantes del Transporte'!

 

  • Autorización internacional de transporte de mercancías por carretera, habilitada por cooperativa de trabajo asociado totalmente en regla y ya constituida.
  • Tarjeta para repostajes y autopistas. Precio de surtidor (-12% dto.) y precio pactado en más de 5 ubicaciones en territorio nacional.

4 herramientas fundamentales

  • ...y además, trabajo directo sin subcontrataciones. Máximo margen de beneficio para el transportista; en caso de ser socio trabajador de cooperativa CON NÓMINA a razón de explotación de su vehículo, y en el régimen especial de la Seguridad Social.

         Desde este portal, tan solo queremos ofrecerte una visión objetiva de este asunto, partiendo de un inmovilizado óptimo desde el alquiler (gasto deducible), ya que cada día sois más los que solicitáis información al respecto.

  MÁS INFORMACIÓN

..a tener en cuenta:

         La entrada como socio en una cooperativa "de grupo", debe aportar desde la economía colaborativa, una ventaja en la financiación inicial del proyecto personal de cada socio; vehículo nuevo/semi-nuevo, respaldo en los consumos y gastos adicionales, etc.

         Si por otro lado, ya estás capacitado para hacer frente a los consumos de gasoil y peajes, bien mediante aval propio, o apoyándote en seguros de crédito, que suponen 1 mes de rodaje por pistas europeas, puedes plantearte otras opciones de inversión de manera más independiente, aunque no olvides obtener la Capacitación de Transporte Internacional de Mercancías por Carretera, que no es lo mismo que el CAP, y el cual te servirá para poder facturar servicios como Transportista.

         Si ya dispones de autorización para el transporte discrecional de mercancías pesadas por carretera (MDP) y la correspondiente Licencia Comunitaria a tu nombre (autónomo posibilidad de módulos - Enmienda del PP 2016-17 PDF -) o al de tu empresa, tu mejor opción se aleja de las cooperativas de trabajo asociado, abriendo opciones al leasing directo con las marcas o distribuidores. Lo importante en tu caso es que renueves el vehículo si consigues permanecer en módulos, o incrementes tu flota pasada la amortización/desgravación(leasing) si ya has dado el paso a PYME, como sociedad limitada, cooperativa o en la forma que hayas creído oportuna darle a tu negocio.

Para más información ponte en contacto con nosotros. Podrás mantener contacto directo con las cooperativas/proveedores para confirmar tu necesidad concreta de manera totalmente gratuita, así como definir rutas, destinos y descansos concretos para cada residencia de descanso con las empresas contratantes.

¡Esperamos haberte ayudado!

info@transportesostenible.com

El  nombre  técnico  de  este  tributo  es  “Impuesto  sobre  Ventas  Minoristas  de  Determinados Hidrocarburos” (IVMDH). Grava la compra de combustible por parte del consumidor final.

El Gobierno lo empezó a aplicar, en coordinación con las CCAA, el 01 de Enero de 2002 y estuvo en vigor hasta el pasado 31 de Diciembre de 2012.

Solicita aquí la devolución del céntimo sanitario - haz click en la imagen -

 

La reclamación del céntimo sanitario puede hacerse por dos vías:

 

1. SOLICITUD DE INGRESOS INDEBIDOS A LA AGENCIA TRIBIUTARIA:

  1. Prescribe a los 4 años
  2. Necesarias Facturas de compras (de 4 años de antigüedad)

2. RECLAMACION POR RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO:

•Fecha límite para reclamar 27/02/2015

•Se pueden reclamar los 10 años

•Mejor si hay  facturas (la ley permite solicitar pruebas para justificar el perjuicio causado).

 

Tarifas en cualquiera de los dos casos:

 

A. VIA ADMINISTRATIVA (se pedirá autorización para presentar la reclamación)

 FIJO: un 4% de la cantidad a reclamar con un mínimo de 200 € + IVA

VARIABLE: un 11% de la cantidad recuperada.

 

B. VÍA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA (tasas y poder notarial no incluido)

FIJO: un 4% de la cantidad a reclamar con un mínimo de 500 € + IVA

VARIABLE: un 16% de la cantidad recuperada

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DVUELTA:

Las dos vías son compatibles (se puede recurrir por ambas vías a la vez) pero son servicios distintos, y se prestarían por separado.

Las diferencias entre uno y otro es que el primero debe de ser una vía más rápida en su resolución, pero son cuatro años a reclamar en los que el último ya no se aplicó el céntimo. La segunda vía se prevé más lenta, pero son 10 los años a reclamar, por lo que la cuantía a recuperar es mayor.

Transporte Sostenible

Transporte Sostenible y Dvuelta se unen para ofrecerte  un ventajoso contrato para gestionar todas las multas de transportes que te puedan poner.

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    d. Vía administrativa y ejecutiva.

    e. Elaboración, presentación y custodia de escritos.

    f. Estudio de viabilidad contenciosa.

    g. Atención jurídica telefónica

    2.     Buscamultas para:

    a. Localizar  multas en boletines oficiales  y Testra que te puedan poner cuando:

    i. no te paran (radares fijos)

    ii. no estás en el vehículo (estacionamiento)

    b. Recurrir las multas dentro del plazo.

    c. Evitar embargos inesperados de tu cuenta corriente o de la devolución del IRPF.

    d. Detectar la contestación a un recurso que hayas interpuesto ante la Administración.

    3. Fraccionamiento y Aplazamiento del pago de las multas.

  3. TRÁMITES GRATIS DE GESTORÍA

    a.     Para todos los trámites de vehículos y conductores.

    b.     Transferencias, matriculaciones, renovaciones de tarjetas de transporte, altas y bajas de vehículos…

  4. GESTION DE MULTAS EN EL EXTRANJERO:

     Incluye los recursos de multas, así como el adelanto del pago de las multas para poder continuar con el viaje.

    Pregúntanos si estuvieras interesado.