La prohibición de carga y descarga tiene alcance internacional

El reciente 2 de septiembre entró en vigor la ley que prohíbe que los choferes profesionales participar en tareas de carga y descarga en camiones de más de 7.500 Kg. En caso de hacerlo, este servicio se tiene que expresar y remunerar como una acción aparte de sus obligaciones como chófer y deben reflejarse de manera clara en las facturas.

La ley tiene sus excepciones bien señaladas y, en general, deja poco campo a la interpretación y es bien clara y fácil de entender salvo por un aspecto: su alcance internacional. Este tema había sido sujeto de debate en las últimas semanas y distintas personas daban distintas interpretaciones a la espera de un pronunciamiento oficial.

Finalmente, el equipo jurídico de la Asociación Española de Empresarios de Transporte Bajo Temperatura Dirigida (ATFRIE) ha aclarado el alcance de esta ley, y es que todas las empresas con sede o que lleven a cabo sus actividades en territorio español están sujetas a esta normativa.


Por ejemplo, si una empresa española transporta una mercancía a un país vecino como Francia o Portugal, el conductor no podrá llevar a cabo las tareas de carga y descarga, salvo excepción redactada en la ley o que se señale y pague como servicio aparte. De esta misma manera, empresas no residentes en España también deberán acogerse a esto mientras operen dentro del territorio nacional.

Para ambos casos, el monto de la sanción por infringir esta ley puede ir desde los 4.001 a 6.000 euros, y, en caso de reincidencia, el importe puede ascender hasta los 18.000 euros. Estas multas son aplicables a cargadores, expedidores, intermediarios, destinatarios, y a la propia empresa de transporte en la que trabaje el conductor.

El objetivo de esta ley es combatir uno de los principales motivos que hacen poco atractiva a la profesión de conductor, las duras condiciones de trabajo. En este orden de ideas, se ha identificado a la participación activa de conductores en las operaciones de carga y descarga de mercancías e intercambio de palés. Con esta medida también se busca fomentar la incorporación de las mujeres a la fuerza laboral y mejorar la imagen de la profesión. Lo cual podría ayudar a aliviar la crisis de puestos de trabajo de conductor sin ocupar.

Por último, aunque ciertas interpretaciones puedan insistir en que la ley tenga validez fuera del territorio español es algo interpretable, la ATFRIE reitera que el texto normativo permite interpretar que esta prohibición tiene una naturaleza personal, y si tenemos en cuenta que esta ley busca proteger a todos los trabajadores sin ningún tipo de prejuicio, tiene más sentido pensar en un alcance de tipo internacional.

Redacción transportesostenible.com